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¿Es necesario modificar la Constitución para que todos podamos votar en las elecciones municipales?

Miércoles, 25 de febrero de 2009 Sin comentarios

En este miércoles, los Gobiernos de España y Ecuador firmarán el Convenio de Reciprocidad que permitirá a los ecuatorianos que residen en España votar en las elecciones municipales y viceversa. Ya  hicieron lo mismo hace unas semanas los Cancilleres de Colombia, Perú y Argentina con su homólogo español, para que sus conciudadanos puedan ejercer este derecho en España y los españoles puedan hacer los propio en estos países. En los próximos meses se espera la firma con otros países como Bolivia, Paraguay…pero ¿qué pasa con aquellos inmigrantes que residen en España, cuya Constitución no permite ejercer este derecho a los extranjeros y por tanto no pueden cumplir el principio de reciprocidad? ¿habrá inmigrantes de diferentes categorías? ¿es realmente tan difícil adecuar la Constitución para que todos los inmigrantes puedan votar?.

Esta claro que esta medida provocará “grados de ciudadanía”. Esto dependerá de si estos inmigrantes están dentro del grupo que puedan elegir y ser elegidos, sólo votar o ni siquiera eso; y por tanto las políticas públicas no irán orientadas a satisfacer las necesidades de todos los inmigrantes por igual. Es característico, por ejemplo, el caso de los marroquíes. Aún siendo el colectivo de inmigrantes mayoritario en España, su Carta Magna no permite que los españoles voten en territorio marroquí, por lo que una gran colectivo quedará sin poder participar políticamente en España, y por tanto sin poder ejercer un derecho básico para llegar a ser ciudadanos.

Ante esto, los políticos hablan de la necesidad de modificar la Constitución para permitir el voto de todos los extranjeros, pero ¿es verdad?, ¿es necesario una modificación o realmente no hay voluntad política?. En mi opinión, y a los hechos me remito, hay más de lo segundo que de lo primero. Cuando desde la Unión Europea se exigió el voto de los comunitarios en las elecciones municipales, nuestra Constitución tampoco lo permitía, y en esa ocasión si “se añadió un pequeño párrafo” que otorgó este derecho a los ciudadanos comunitarios residentes en España. Aunque en esa ocasión nadie hablo de “reforma constitucional” y sí de acuerdo y adecuación a la Normativa Europea.